Cambios del mercado laboral y personas extranjeras en España

Publicado por En Realidad no tiene Gracia | marzo 28, 2012 | No hay comentarios

En un momento crucial dado el contexto socio-económico en el que nos encontramos hemos creído conveniente hacernos eco del Informe evolución mercado laboral y personas inmigrantes, publicado recientemente.

Todo parte de las medidas urgentes para la reforma del mercado laboral contempladas en el Real Decreto-Ley 3/2012. Aquellas que pueden resultar especialmente delicadas para las personas inmigrantes en España son las pautas referentes al papel de las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) como agencias de colocación. Con este mecanismo parte de la población trabajadora desempleada se aleja de los mecanismos de integración laboral de los Servicios Públicos de Empleo, favoreciendo las gestiones por parte de agentes con o sin ánimo de lucro.

La principal preocupación respecto al nuevo modelo de gestión de ofertas de ocupación es el riesgo a que a determinados colectivos ‘los perpetúen en trabajos precarios y poniendo en cuestión el objetivo general de la política de empleo de garantizar la efectiva igualdad de oportunidades y no discriminación’, recoge el informe. Y esta argumentación se sustenta con los siguientes datos: ‘más del 28% del total de contratos registrados por las ETTs en el año 2010, lo fueron para trabajadores extranjeros, incrementándose esta cifra hasta el 89% en el caso de los contratos a peones de agricultura y pesca y el 43% en el servicio domestico y otro personal de limpieza de interior de edificio.’

Otro aspecto que nos ha hecho reflexionar sobre la reforma laboral es la contradicción entre el supuesto contrato indefinido y la normativa se extranjería. Esto es ‘proporcionar a los empresarios mano de obra barata y dejar a los trabajadores y trabajadoras migrantes en una situación de total indefensión y dudosa posibilidad de conservar su situación administrativa regular, si el contrato se resuelve antes de la finalización del año.’
De este supuesto nos dirigimos a otro punto controvertido que afecta tanto a personas inmigrantes como autóctona: ’podría utilizarse para un puesto de trabajo temporal, un contrato indefinido con un periodo de prueba de un año, que sería resuelto durante el periodo de prueba, sin la indemnización que deben recibir los trabajadores y trabajadoras contratados bajo alguna de las formulas de la duración determinada.’

Y es que, como hemos expuesto en este foro en numerosas ocasiones, tenemos que resaltar la aportación de trabajadoras y trabajadores extranjeros durante la época de bonanza. Estos son algunos de los datos que se incluyen:

• Entre 2000 y 2007 las mujeres españolas pudieron aportar un incremento de 1.641.500 ocupadas, el resto 1.049.900, lo aportaron mujeres trabajadoras de origen extranjero, que mantienen una tasa de actividad del 68,6% frente al 50,76% de las autóctonas.

• Los procesos de sustitución, adición y complementariedad de mano de obra nacional por mano de obra extranjera, han sido y son más dinámicos para las mujeres inmigrantes que para los hombres, fundamentalmente porque se han incorporado a todos los sectores productivos, mientras que los hombres han dependido en exceso de sus empleos en la construcción.

• Los trabajadores extranjeros representan el 10,98% del total de asalariados en el año 2010.

• Reciben un salario medio de 10.256€ pierden 8.857 €, un 46,34% menos respecto al Salario Media Anual general.

• Las mujeres extranjeras, que con un SMA de 9.001€, reciben un 52,91% menos del SMA general (el 59,31%, de ellas, se ubican en tramos salariales inferiores al SMI), mientras que las mujeres españolas con 16.778€/año, perciben sólo un 12,09% menos del SMA general.

• Con todo las mujeres extranjeras entre 2007 y 2010 mejoran su poder adquisitivo un 4,23%, frente a los varones que pierden, un 9,05%.